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Columbario

COLUMBARIO DE SANTIAGO APÓSTOL

 

Hace cincuenta años se puso la primera piedra de nuestro templo. Durante todo este tiempo hemos participado en la vida parroquial miles de fieles. Ahora, atendiendo a nuevas necesidades pastorales, la parroquia de Santiago ha promovido la construcción de un columbario, lugar sagrado para el depósito temporal de las cenizas. 

 

El columbario de Santiago Apóstol se encuentra en la parte derecha de la nave de la iglesia y está formado por tres tipos de loculi con distintas capacidades:

 

TIPO I: 355 loculi para dos urnas

TIPO II: 10 loculi para cuatro urnas

TIPO III: 10 loculi para seis urnas

 

Los precios para el uso de los loculi dependen del tipo y la ubicación. Los podéis consultar en el folleto adjunto.

 

Las cenizas del difunto permanecerán depositadas durante un máximo de cincuenta años y podrán ser prorrogadas por cuarenta y nueve años más. Finalizado el plazo de ocupación temporal o de su prórroga, serán depositadas en el columbario común, que se construirá a tal efecto.

 

Culto público y ornamentación:

 

  • El día de la recepción de las cenizas, el párroco o persona en quien delegue recibirá a la familia del difunto y procederá a la colocación de la urna en el columbario siguiendo el Ritual de Exequias.

  • Tras la misa o responso de exequias, los familiares se trasladarán a la sala del columbario para depositar la urna en el loculi elegido.

  • La comunidad parroquial celebrará una misa mensual, el primer domingo, por todos los difuntos del columbario.

  • Asimismo en la Misa de Difuntos se encomendará a todos aquellos depositados en el columbario.

  • En el horario establecido por la parroquia, cualquier fiel podrá visitar las dependencias del columbario y rezar en ellas. 

  • La ornamentación floral será por cuenta de la parroquia. No se permitirá la aportación de flores ni velas por parte de los fieles.

  • La placa, en la que figurará el nombre del fallecido y, como máximo, las fechas de su nacimiento y del óbito, serán facilitada por la parroquia.

 


¡Feliz descanso eterno!





Decreto 034/2019 (2 de septiembre) del obispo de Huesca, Julián Ruiz Martorell, por el que se regula en toda la Diócesis de Huesca la celebración litúrgica de las exequias:

Las exequias cristianas son una celebración litúrgica de la Iglesia. El ministerio de la Iglesia pretende expresar también aquí la comunión eficaz con el difunto, y hacer participar en esa comunión a la asamblea reunida para las exequias y anunciarle la vida eterna (CEC, N. 1684).

El Concilio Vaticano II pidió que las exequias cristianas manifestaran claramente el sentido pascual de la muerte del cristiano y que el rito respondiera a las circunstancias y tradiciones de cada país (Cf. SC, n. 81). Este deseo expresaba el fuerte interés de la Iglesia en que la liturgia resplandezca en su ser más genuino y profundo y en que los fieles puedan vivir con una participación activa, consciente y fructuosa (Cf. SC, n. 11).

En lo que se refiere a las exequias, estas palabras recogen también el testimonio que nos ofrece la historia de la liturgia, por el que sabemos que a lo largo de los siglos la forma de dar sepultura a los cristianos ha ido variando y acomodándose a los distintos tiempos y lugares, si bien la fe en la resurrección de los muertos ha permanecido invariable.

El ritual, publicado en su edición típica en el año 1969 y en su versión en español en el año 1971, vio la luz con la pretensión de mostrar al mundo de hoy que la fe cristiana confiere un profundo sentido a la muerte y que, lejos de una concepción desgarradora, vacía o nihilista, puede llegar a ser vivida como un anuncio gozoso y confiado de la vida eterna y de la esperanza en la resurrección propias de nuestra fe.

Teniendo en cuenta los cambios vividos por nuestra sociedad, desde la publicación de la edición típica del ritual de exequias y para mayor comprensión del rito de las mismas, dando un mayor sentido litúrgico que muestre el anuncio gozoso y confiado de la vida eterna y de la esperanza en la resurrección propias de nuestra fe,


DECRETAMOS:

Que a partir del 1 de octubre de 2019, en todas las parroquias, comunidades cristianas de la Diócesis de Huesca y en los funerales, se evite:

  1. Leer cartas de despedida o escritos de agradecimiento.
  2. Pronunciar discursos o alocuciones laudatorias o biográficas del difunto. Ni elogios, ni elegías.
  3. Añadir oraciones o lecturas que no estén contempladas en el ritual de exequias.
  4. Interpretar música o cantos que no sean los adecuados para las exequias.

 



Archivo Adjunto: Columbario de Santiago Apóstol. Folleto (Extensión: .PDF Tamaño: 27 MB )



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